Revista Informática

Como patentar una app. Parte 2: patentes y formas de protección

Publicado el 21 mayo 2013 por Ferranmunoz @ferran_munoz

 

Si en el artículo anterior explicábamos la importancia del nombre comercial, la

Patente
marca y la propiedad intelectual, esta vez vamos a hablar de las patentes y los métodos que disponemos para proteger nuestra creación.

En primer lugar, y como ya comentamos en el artículo anterior, es muy difícil patentar una aplicación. Tomando como referencia el artículo 1 de la Ley de Propiedad Intelectual, intentaremos probar nuestra autoría de diferentes formas.

Patentes de software

Antes de demostrar nuestra autoría, podemos intentar una protección distinta y mucho más completa mediante patentes de software.
Según la OEPM una patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular.

Para poder patentar una aplicación, esta debe de cumplir una serie de requisitos, siendo el más importante el realizar una invención de carácter técnico.
Una invención de carácter técnico consiste en dar una solución técnica a un problema técnico.

Por ejemplo:
Una aplicación que permita la comunicación entre 2 teléfonos móviles a una mayor velocidad y con mejor calidad de voz sí es patentable.
Una aplicación que recuerde los cumpleaños no es patentable.
Si no tenemos claro si nuestra aplicación produce o es capaz de producir un efecto técnico, es aconsejable contar con ayuda legal profesional.

Desde un punto de vista legal, si consideramos nuestra aplicación como un programa de ordenador, el Convenio de Patente Europeo, en su artículo 52, párrafo 2 nos excluye del régimen de patentes, puesto que no se trata de ninguna invención.
Por lo tanto, en la práctica la mayoría de las aplicaciones no son patentables.

Si nuestra creación es susceptible de ser patentada, en este manual oficial de patentes se indica todo lo que hay que saber sobre patentes, una explicación más extensa sobre que se puede y que no se puede patentar, y donde presentar y tramitar la solicitud.

Si, por el contrario, nuestra app no cumple los requisitos para ser patentada, nos acogeremos a la Ley de Propiedad Intelectual y llevaremos otra estrategia para proteger nuestra obra.

 

Formas de proteger una app

Aplicaciones

Como ya hemos dicho, si nuestra obra no es susceptible de ser patentada, la forma de proteger nuestra aplicación es demostrar que somos los autores, y que por ello su propiedad intelectual nos pertenece.

Para demostrar que su creación nos corresponde, existen varios métodos, siendo los más habituales y conocidos los siguientes:

Registrar nuestra obra en el Registro de la Propiedad Intelectual.

En este registro hay un formulario específico para los programas de ordenador, y como ya hemos explicado antes, las apps son consideradas programas de ordenador. Este es el formulario necesario.

Copyright.

Otra forma bastante conocida es proteger nuestra obra mediante Copyright. Este método garantiza la autoría de la aplicación. Para llevarlo a cabo es necesario  inscribir en la administración correspondiente un texto que describa la función de la app y el código fuente.
Como ventaja, este registro tiene validez no solo en España, sino en todos los países del convenio de Berna (la lista se puede consultar aquí).
Como contra, el registro se debe realizar a nombre de una o varias persona física, lo que puede ser un inconveniente si se desea explotar la aplicación como sociedad mercantil.
Más información y precios en la web de Copyright

Safe Creative, Creative Commons y otros registros gratuitos.

Como alternativa al registro por Copyright, podemos registrar nuestra obra mediante Safe Creative o MyFreeCopyright. Además, dependiendo del tipo de licencia de programa que deseemos, podríamos usar las licencias gratuitas de Creative Commons.
Todas estas formas de demostrar nuestra autoría son gratuitas, por lo que no está de más tenerlas en cuenta para añadir un extra de protección a nuestra app.

Protocolo notarial.

Si tenemos previsto explotar los beneficios de nuestra aplicación mediante una sociedad mercantil, esta es la opción más recomendada.
El protocolo notarial consiste en grabar nuestra app, junto con un fichero de texto y el código fuente en una unidad externa, como un CD, DVD o Pendrive y depositarla ante notario.
La gran ventaja del protocolo notarial es que el contenido de nuestra unidad externa no es publicado, por lo que nuestro código fuente y aplicación permanecen en secreto.

Otras formas.

Si todavía queremos tener más pruebas de la autoría de una aplicación, existen aún más formas de demostrarlo.
Por ejemplo, se puede guardar el CD antes mencionado, con nuestra aplicación, su descripción, código fuente e incluso un archivo ejecutable y enviarlo a nuestro domicilio mediante correo certificado. Una vez recibamos el paquete, se guarda junto con la copia del recibo de entrega, de forma que si alguien intenta copiar nuestra aplicación más adelante, se puede probar legalmente que la obra ya había sido creada anteriormente.

Además no hay que olvidar el registro como nombre comercial y marca. Este registro no garantiza la protección del contenido de la aplicación, pero si impide que se exploten y comercialicen otras aplicaciones que tengan un nombre similar, además de bloquear y echar para atrás a un considerable número de potenciales competidores.

 

Espero que con esta serie de artículos haya despejado las dudas sobre cómo proteger una app.
Si os han parecido útiles o tenéis alguna experiencia relacionada podéis dejar un comentario más abajo.


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