Sentencia Favorable del Juzgado de Primera Instancia Nº70 de Madrid.
Sentencia contra Barclays Bank por Participaciones Preferentes
- Demandante: Particular.
- Demandado: BARCLYS BANK.
- Fecha: 28 de Enero de 2013.
EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS POR PARTE DEL DEMANDANTE
Por la representación procesal de la parte actora se formula, demanda por la que se solicita que se dicte sentencia que declare incumplida por Barclays Bank S.A. la comisión encomendada por los actores consistente en el encargo de adquirir los instrumentos financieros objeto de la presente demanda por no haberse ejecutado la obligación de entrega de cada uno de los adquirentes no existiendo titulo de propiedad a su nombre y por tanto que se declare la consolidación de la propiedad de Barclays Bank S.A. sobre los instrumentos objeto del presente litigio pasando a ser no solo titular registral sino plenamente propietario a todos los efectos subsidiariamente a que se declare el incumplimiento por parte de la entidad bancaria de sus obligaciones contractuales de diligencia, lealtad o información en la comisión mercantil consistente en una venta asesorada de los instrumentos objeto de la presente demanda y por tanto se declare la resolución del contrato con resarcimiento de daños y perjuicios, subsidiariamente que se declare que Barclays ha sido negligente en el cumplimiento de sus obligaciones de diligencia lealtad o información y subsidiariamente que se declare que Barclays ha sido negligente en el cumplimiento de sus obligaciones de seguimiento de la inversión e información permanente como comisionista, asesor de inversiones y custodio.
Afirma en base a su pretensión que Barclays colocó a los demandantes, inversores minoristas con perfil conservador unos productos financieros sin facilitarles información veraz sobre dichos productos, sobre quien era su emisor, sabre los riesgos que asumían con su adquisición encomendó los productos como si fueran del banco y gozaran de su garantía coloco los productos bajo el logo" Barclays" como si hubieran sido creados por el banco y estuvieran bajo su cobertura, aunque con una rentabilidad referenciada a valores simples, familiares y de confianza para el cliente como Telefónica o BBVA, también incumplía la regla del asesor y del custodio de inversiones que obliga a avisar de los riesgos de mercado una vez se tiene conocimiento de los mismos y Barclays es el único y verdadero titular de los valores tanto de cara Lehman Brothers , ya que los actores nunca han llegado a ostentar la propiedad sobre los mismos.
FALLO Que estimo la demanda formulada por el Procurador ... en nombre y representación de la entidad, contra la entidad BARCLAYS BANK S_A., y declare el incumplimiento por parte de Barclays. Bank S.A. de sus obligaciones contractuales asumidas con los actores, y declare la resolución de los contratos, con resarcimiento de daños, que se concretaran en la devolución a los actores de las sumas invertidas, mas los intereses legales de dicha suma desde la fecha de la sentencia , minoradas en las rentas recibidas por los actores mas el interés legal desde su recepción. Y consecuentemente se declara la consolidación de la propiedad de Barclays Bank S.A. sobre los instrumentos objeto del presente litigio, pasando a ser no solo titular registral, sino pleno propietario a todos los efectos. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
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