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Apuntes jurídicos sobre los contratos en Cloud Computing

Publicado el 10 abril 2013 por Jlcolom

El artículo analiza de manera panorámica todo aquel conjunto de elementos fundamentales a tener en consideración a la hora del diseño de un contrato de externalización de servicios en modalidad de Cloud Computing.

3.2. TIPO DE SERVICIOS DEL CLIENTE, SOPORTADOS SOBRE EL MODELO CLOUD

3.2.2. Facturación electrónica
3.2.3. Protección de datos de carácter personal

5. DERECHOS DE AUTOR

Apuntes jurídicos sobre los contratos en Cloud Computing

La confianza del proveedor Externalizar aplicaciones y datos corporativos conlleva hacerlo con alguien de total confianza, que asegure la calidad del servicio.

Una relación 'para toda la vida' : La sostenibilidad del proveedor tiene que estar garantizada. Fusiones, quiebras, cualquier cambio en su negocio no puede dejar 'indefenso' al cliente.

Como Doctores tiene la Santa Madre Iglesia, analizaremos de manera panorámica todo aquel conjunto de elementos fundamentales a tener en consideración a la hora del diseño del contrato, para como indicábamos, intentar mitigar los riesgos terrenales expuestos por Gartner . Como decía Pasteur, " no es tanto el bacilo como el terreno ".

El Termino Cloud Computing ha sido definido por el NIST (National Institute of Standars and Technology) como un modelo tecnológico que permite el acceso ubicuo, adaptado y bajo demanda en red, a un conjunto compartidode recurso de computación configurables compartidos, que pueden ser rápidamente aprovisionados y liberados con un esfuerzo de gestión reducido o interacción mínima con el proveedor del servicio.

El tema no es baladí en cuanto a la naturaleza jurídica del contrato. El arrendamiento de obra y el de servicios es calificado de forma reiterada por el Tribunal Supremo que radica, en el artículo 1.544 del Código Civil. Se trata de la conocida distinción procedente del derecho romano entre la locatio operis y la locatio operarum y cuya diferencia radica, en que en el primero se compromete al resultado, sin consideración al trabajo que lo crea, mientras que el último es la prestación del trabajo en si misma y no el resultado que produce. Fuente de obligaciones y cargas o elemento eximente de las mismas.

3.1. DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL SERVICIO

3.3. DESCRIPCIÓN DEL TIPO DE INFRAESTRUCTURA

Apuntes jurídicos sobre los contratos en Cloud Computing

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Elemento típico de este tipo de contratos. Estipulaciones donde se marcanlos niveles del servicio sobre la base de una serie de parámetros objetivos. Hay tantos tipos de acuerdos de nivel de servicio como especificaciones de servicios. Junto a los mismos se deben concretar los sistemas de penalización por incumplimiento. Se puede ir a dos modelos:

3.20. LEY APLICABLE Y FUERO

Como diría Aristóteles " los grandes conocimientos engendran las grandes dudas". Un acto de justicia permite cerrar este primer capítulo. Un acto de venganza escribir un capitulo nuevo, la parte especial, con el deseo de completar estos apuntes, dar la máxima visibilidad a este tipo de contratos tan complejos, y acabar con todas las dudas que se generan alrededor de los contratos sobre Cloud Computing.

Apuntes jurídicos sobre los contratos en Cloud Computing

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Senior Manager del Área de Cumplimiento Normativo de Grupo SIA (


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