[ En agosto de 2015, el matrimonio participó en un evento en Nueva York donde Danielle King conoció a Francisco Huizar. Poco después iniciaron una relación amorosa. Hablaban a menudo, se veían cuando podían y, según los documentos del tribunal, Huizar llegó a alquilar una habitación cerca de la casa de la pareja. Danielle King terminó por irse de casa y alquiló un apartamento. La mujer llamó un día a su exesposo para pedirle ayuda con unos problemas domésticos y el hombre entró en cólera al darse cuenta de que Huizar vivía con ella.
El pasado 26 de julio, el juez del Tribunal Superior Orlando Hudson le concedió a King US$2 millones como compensación y US$6,8 millones por daños y perjuicios.
En su resolución, el juez halló a Huizar culpable de "conversación criminal [una forma anticuada de referirse al adulterio], alienación del afecto, infligir angustia emocional intencionadamente, infligir angustia emocional de forma negligente, asalto y agresión".
La ley que sirvió de base para que la demanda de King prosperara proviene del derecho común inglés de los siglos XVIII y XIX, cuando prácticamente se consideraba a la esposa "un bien inmueble del marido". Para que la Ley de alienación se pueda aplicar tiene que haber pruebas de que antes del romance extramarital había amor en el matrimonio.
( El cornudo dijo) que esto es "una victoria vacía" porque lo que quiere es recuperar su vida pasada junto a Danielle, con la que tiene una niña de 5 años.]
(La adúltera salió impune. ¿Dónde está la igualdad de géneros? En ese contexto debería haber recibido 100 latigazos.)