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Cosas que se pueden asegurar

Publicado el 12 diciembre 2012 por Xalfox @xalfox

Antes de contratar un seguro del hogar, es conveniente familiarizarse con una serie de términos, que pueden ayudar a interpretar con mayor facilidad su contenido:

Franquicia
Es la deducción de una parte del importe de la indemnización que el asegurador aplica a la garantía de determinados riesgos, a cambio de un importe inferior en el pago de la prima. En caso de ocurrir un siniestro, la indemnización se reduce en la cantidad señalada como franquicia.

Contenido
Es el conjunto de bienes que sean propios y formen parte del mobiliario, enseres, ropa y ajuar doméstico del propietario de la vivienda, de sus familiares, del personal doméstico y de las demás personas que con él convivan de forma habitual.

Contenido Especial
Dentro del contenido, se ha de distinguir el denominado contenido especial que, por lo general, incluye los siguientes conceptos:

Joyas: cualquier objeto compuesto en todo o en parte por metales preciosos, perlas, piedras preciosas o semipreciosas, estén o no engarzadas, y cuya finalidad sea el adorno personal. Se deberá poner el capital total para estos objetos y detallar aquellas joyas cuyo valor unitario sea superior a 1803.04 euros, indicando su valor real en el mercado.

Objetos de valor: cuadros, tapices, alfombras, obras de arte, objetos de plata y bronce, marfiles y colecciones; cuberterías y otros objetos compuestos en todo o en parte de oro y/o plata, que no tengan la consideración de joyas por no destinarse al ornato personal. Se deberá poner el capital total para estos objetos y detallar aquéllos cuyo valor unitario sea superior a 1803.04 euros, indicando el valor real de mercado.

Continente
Es el conjunto o parte del edificio destinado a vivienda formado por los cimientos, muros, paredes y las instalaciones fijas que formen parte de la vivienda y sean de su uso privativo. En caso de tratarse de una vivienda unifamiliar, se consideran continente las vallas, cercas, muros y demás elementos de cerramiento del inmueble, así como piscinas, pistas de tenis y edificaciones anexas, siempre y cuando éstas se encuentren dentro del recinto donde está ubicada la vivienda unifamiliar.

Se entenderán también comprendidos en el inmueble los cuartos trasteros y plazas de garaje. En caso de tener préstamo hipotecario, el valor de continente será el indicado en la tasación como valor de seguro. En caso contrario, se debe indicar el valor de reconstrucción del inmueble y de sus instalaciones.


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