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Docentes digitalmente competentes

Publicado el 11 febrero 2010 por Juancarikt
Docentes digitalmente competentesExiste en mi entorno profesional un continuo debate sobre si se debe exigir al profesorado determinadas certificaciones o acreditaciones TIC para desarrollar su labor docente , o para vincularlas a ciertos niveles de madurez TIC de los centros educativos.Ciertamente , los docentes debemos estar suficientemente preparados para afrontar el desarrollo de las competencias digitales de nuestro alumnado. En enero de 2008 ya publicó la UNESCO un documento* donde se tratan en profundidad los estándares de competencias en TIC para docentes.En dicho documento se dice :
Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) pueden ayudar a los estudiantes a adquirir las
capacidades necesarias para llegar a ser:
• competentes para utilizar tecnologías de la información;
• buscadores, analizadores y evaluadores de información;
• solucionadores de problemas y tomadores de decisiones;
• usuarios creativos y eficaces de herramientas de productividad;
• comunicadores, colaboradores, publicadores y productores; y
• ciudadanos informados, responsables y capaces de contribuir a la sociedad.

*Competencias TIC docentes UNESCO
 
Esta labor sólo puede ser llevada a cabo por profesionales de la enseñanza que sean digitalmente competentes. Pero , ¿qué se les debe y tiene que exigir a los profesores? . No creo que exigirles un título más ,en forma de certificación TIC, sea la solución . Y menos asociar esta acreditación al hecho de que un centro educativo sea considerado TIC o no ; entre otras muchas cosas , porque algo que se debe gestionar como una opción estrictamente personal no debe convertirse en un obstáculo en  la consecución de objetivos en la digitalización de los procesos administrativos y pedagógicos del conjunto del  centro , si el hecho de despojarle de la denominación "TIC" puede suponer recortes  tanto en recursos materiales como humanos.En todo caso , y en cuánto que los profesores estamos obligados a enseñar a nuestros alumnos las competencias básicas de acuerdo a los decretos : REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. y REAL DECRETO 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.sí creo que se debe exigir al profesorado , esté en un centro TIC o no , la formación para alcanzar las habilidades TICs que sean necesarias para ayudar a sus alumnos a desarrollar la competencia básica "Tratamiento de la información y competencia digital". Y no sólo eso , sino que se deben exigir resultados después de la formación : integración de las TICs en sus procesos enseñanza-aprendizaje. La evaluación , por el momento , la dejaremos para otra ocasión , para cuando la administración educativa mueva ficha al respecto.
Y como pienso que las certificaciones o acreditaciones TIC deben basarse en una decisión personal y voluntaria , tendrían que tener contrapartidas claras. En este sentido podemos comentar las experiencias de Andalucía y Extremadura.
En el primer caso , una certificación TIC se traduce en puntos para concursos de traslados y horas para el pago de sexenios (vía @peralias).
En Andalucía está circulando el borrador de Decreto por el que se regula la función pública docente , en el que en su artículo 16 se distribuyen los puestos docentes en diferentes categorías : ordinarios , bilingües , TIC ,etc. En este apartado dice : Puestos de profesorado TIC: Son aquellos para los que se requiere conocimientos y habilidades específicas en las tecnologías de la información y la comunicación. Desconozco , en este momento , si a estos puestos irá asociada algún tipo de certificación .
En Extremadura (Ver resolución de la Consejería de Educación) , la acreditación del profesorado en TIC será requisito para ser coordinador TIC en los centros educativos en los términos que prevea la Administración educativa . Asimismo, podrá ser considerada como mérito o requisito, en su caso, para ocupar plazas de Asesor de Formación Permanente en los Centros de Profesores y de Recursos. Igualmente podrá ser valorada, en los términos que se establezca, en los concursos para obtener licencias por estudios, Dirección de Centros Públicos y concursos de traslado.
En estas dos comunidades no se exige que el profesorado se certifique digitalmente para que un centro educativo sea centro TIC.
Un título no asegura competencia digital y viceversa.
Fotografía :Math - Teacher Education - 3D Shapes por Old Shoe Woman en Flickr CC

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