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Documentación que necesitamos para viajar por europa (d-h)

Publicado el 18 octubre 2013 por Ardanuy

Seguimos con la información sobre la documentación necesaria para viajar por Europa. Hoy exponemos los países incluidos entre las letras D y H. Como se puede observar, en la mayoría de países europeos, se pueden entrar sin problemas si venimos de España o de otro país incluido en la Unión Europea. Aún así siempre es bueno informarnos detenidamente. Si pincháis en cada nombre del país accederéis a la página web de la Embajada donde podréis consultar los temas relacionados con los visados y pasaportes. Desde aquí esperamos que os sea de utilidad esta información.
El Acuerdo de Schengen: es un acuerdo entre varios países de Europa en el que se han suprimido los controles en las fronteras interiores (entre esos países) y se han trasladado estos controles a las fronteras exteriores (con países terceros). Los países que forman parte de este espacio Schengen son 26: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza. Reino Unido e Irlanda aunque no firmaron el Acuerdo de Schengen sí firmaron un tratado por el cual los demás países miembros podían entrar libremente en sus países y viceversa.
Aviso importante:los temas relacionados con visados cambian constantemente. Desde aquí recomendamos que si tenéis una duda, aunque sea una pequeña, os pongáis en contacto con el consulado correspondiente, a fin de no llevarnos una sorpresa de ultima hora.
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) DINAMARCA: Los españoles solo necesitarán su DNI en vigor para un tiempo no superior a 90 días.
- Pasaporte: tampoco necesitan pasaporte si no superan los días establecidos los ciudadanos de los siguientes países: Suecia, Islandia, Noruega, Finlandia y países de la Unión Europea.
- Visado: no se necesitará visado si se pertenece a alguno de los siguientes países: Zona Schengen, Bulgaria, Chipre, Hungría,  Irlanda, Rumanía. Tampoco lo necesitan los ciudadanos de los siguientes países si no superan los 90 días en un periodo de medio año: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvados, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, San Cristóbal y Nieves, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Ciudadanos con pasaportes expedidos en Hong Kong y Macao. Viajeros con pasaporte de ciudadano británico.
- Tránsito: Se permite el tránsito sin visado a los viajeros que sigan su viaje a un tercer país sin abandonar el aeropuerto y que estén en posesión de toda la documentación necesaria para ello. Esto no se aplica a los siguientes países: Afganistán, Bangladesh, Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia y Sri Lanka.
Dirección Embajada:
Calle Serrano, 26-7º. 28001 Madrid
Tel: +34 91 431 8445
E-mail: [email protected]
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) ESLOVAQUIA: Los españoles pueden entrar en Eslovaquia solo provisto de su Documento Nacional en vigor o en su caso el pasaporte. Tampoco necesitan un visado de entrada si no superan los 3 meses.
- Pasaporte: los ciudadanos con documento nacional emitidos en la Unión Europea y Hong Kong no tendrán que presentar pasaporte.
- Visado: quedan exentos de presentar visados los ciudadanos que porten un Permiso de Residencia emitido por cualquier país de la Zona Schengen o Mónaco. Viajeros de los siguientes países que no vayan a quedarse más de 90 días: Malta, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Corea del Sur, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, St Kitts-Nevis, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano, Venezuela y Gran Bretaña. Ciudadanos con pasaportes expedidos por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado para aquellos que continúen su viaje a un tercer país en las 48 horas siguientes, que no dejen el área de tránsito y tengan toda la documentación necesaria para el viaje. Siempre se requiere visado de tránsito a los ciudadanos de Afganistán, Bangladesh, Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia y Sri Lanka.
Dirección Embajada:
Calle del Pinar, 20. 28006 Madrid
Tel: 91 5903861
E-mail: [email protected]
Dirección Consulados Honorarios:
Zaragoza: Calle Fray Luis Amigó, 4. 50006 Zaragoza. Tel: 976 377568
Barcelona: Plaza Urquinaona, 6. 08010 Barcelona. Tel: 93 3179465. E-mail: [email protected]
Santa Cruz de Tenerife: Calle Jesús y María, 27 bajo. 38004 Santa Cruz de Tenerife. Tel: 922 275928. E-mail: [email protected]
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) ESLOVENIA: pertenece a la Zona Schengen, por lo cual los españoles solo necesitaremos el DNI en vigor.
- Pasaporte: el pasaporte es obligatorio excepto para los ciudadanos de Croacia, San Marino, Suiza y países miembros del Área Económica Europea, excepto Dinamarca, Islandia, Irlanda, Noruega y Reino Unido.
- Visado: todos los viajeros tendrán que estar en posesión de un visado, excepto los siguientes países siempre que no excedan los 90 días de estancia: Zona Schengen, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Corea del Sur, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, St Kitts-Nevis, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano, Venezuela y ciudadanos con pasaporte de ciudadano británico. Viajeros con pasaportes expedidos por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado siempre que se continúe el viaje a un tercer país, se tenga toda la documentación necesaria para ello, procedan y partan de países que no pertenecen a la Zona Schengen y no dejen el área de tránsito. Esto no se aplica a los ciudadanos de Afganistán, Bangladesh, Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, India, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia y Sri Lanka que siempre necesitarán un visado de tránsito.
Dirección Embajada:
Hermanos Bécquer, 7-2. 28006 Madrid
Tel: +34 91 411 68 93
E-mail: [email protected]
Nota: la oficina consular solo os atenderá por cita previa solicitada a través del teléfono o correo electrónico arriba indicado.
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) ESPAÑA:
- Pasaporte: todos están obligados a presentarlo excepto: ciudadanos de Andorra, Mónaco, San Marino, Suiza y países miembros del EEE, excepto Dinamarca, Islandia, Irlanda, Letonia, Noruega, Rumanía y Reino Unido que deberán llevar un documento nacional de identidad.
- Visado: todos deberán estar en posesión de uno excepto: ciudadanos con pasaporte de ciudadano británico. Ciudadanos de Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Letonia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Suiza. Viajeros que no excedan los 90 días siempre que sean ciudadanos de Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, Saint Kitts-Nevis, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Viajeros que se queden menos de 90 días en un periodo de medio año y que posean pasaportes emitidos por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado cuando el viajero continúe su viaje a un tercer país en el mismo día sin abandonar el área de tránsito. Siempre se requiere un visado de tránsito para los ciudadanos de Afganistán, Angola, Bangladesh, Congo, Costa de Marfil, Cuba, Eritrea, Etiopía, Ghana, Guinea-Bissau, India, Irán, Iraq, Liberia, Malí, Nigeria, Pakistán, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sri Lanka y Togo
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) ESTONIA: Los viajeros españoles están exentos de presentar pasaporte, al igual que el visado si no superan los tres meses de estancia.
- Pasaporte: el pasaporte es obligatorio excepto para los siguientes países: Suiza y los países del Espacio Económico Europeo, excepto Dinamarca, Islandia, Irlanda, Noruega y Reino Unido. Ciudadanos australianos con un documento nacional de identidad.
- Visado: el visado es obligatorio para todo el mundo menos para los ciudadanos de la EEE y aquellos que no superen los 90 días dentro de un período de un año, como: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, San Cristóbal y Nieves, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Viajeros con pasaporte de ciudadano británico. Viajeros con pasaportes emitidos por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado si se continúa el viaje a un tercer país en el mismo día y mismo aeropuerto, siempre que no se deje el área de tránsito y que tengan toda la documentación necesaria para el siguiente viaje. Los ciudadanos de Afganistán, Angola, Bangladesh, Congo, Costa de Marfil, Eritrea, Etiopía, Ghana, Haití, Iraq, Irán, Liberia, Libia, Malí, Nigeria, Pakistán, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Siria y Togo necesitarán obtener siempre un visado de tránsito.
Dirección Embajada:
Calle Claudio Coello, 91-1D, 28006 Madrid
Tel: +34 91 426 16 71
E-mail: [email protected]
Dirección Consulados Honorarios:
Barcelona: Avenida Diagonal, 401-1º. 08008 Barcelona. Tel: +34 93 416 00 11. E-mail: [email protected]
Sevilla: Avenida de la Constitución, 23-258 1ª planta. 41092 Sevilla. Tel: +34 954 08 10 60. E-mail: [email protected]
Islas Canarias: Calle Argentina, 21. 35200 Telde (Las Palmas de Gran Canarias). Tel: +34 928 703 725. E-mail: [email protected]
Valencia: Calle Guillem de Castro, 141-2. 46008 Valencia. Tel: +34 678 391 407. E-mail: [email protected]
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) FINLANDIA: Los españoles solo necesitaremos el DNI en vigor.
- Pasaporte: quedan exentos de presentar el pasaporte los ciudadanos que porten un documento de identidad emitido por: Dinamarca, Finlandia, Noruega y Suecia que viajen entre los mismos países. Australia, San Marino, Suiza y países miembros del EEE.
- Visado: todos los viajeros necesitarán un visado excepto las siguientes personas: ciudadanos de Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Letonia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza. Viajeros que no superen los 90 días y pertenezcan a los siguientes países: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, San Cristóbal y Nieves, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Viajeros con pasaportes expedidos en Hong Kong o Macao. Viajeros con pasaporte de ciudadano británico.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado a aquellos viajeros que continúen su viaje a un tercer país siempre que no abandonen el área de tránsito del aeropuerto de Helsinki-Vantaa, procedan y partan de países que no pertenezcan a la Zona Schengen y tenga la documentación necesaria para ello. Esto no se aplicará a los ciudadanos de Afganistán, Bangladesh, Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia y Sri Lanka.
Dirección Embajada:
Paseo de la Castellana, 15. 28046 Madrid
Tel: +34 91 319 6172
E-mail: [email protected]
Dirección Consulados Honorarios:
Barcelona: Puig i Xoriguer, 17. 08004 Barcelona. Tel: +34 93 443 1598. E-mail: [email protected]
Sevilla: Calle Adriano 45-2B. 41001 Sevilla. Tel: +34 954 29 66 80. E-amil: [email protected]
Benidorm: Avenida Los Almendros, 37, piso 2 Izq. Tel: +34 965 86 69 42.
Bilbao: Calle San Vicente, 8. Edificio Albia II, planta baja, Local A. 48001 Bilbao. Tel:+34 944 23 90 36. E-mail: [email protected]
Gijón: Cabrales, 20 entresuelo. 33201 Gijón. Tel: +34 985 319 193. E-mail: [email protected]
La Coruña: Calle Cabo Santiago Gómez, 3-10 Izq. 15004 La Coruña. Tel: +34 981145335. E-mail: [email protected]
Las Palmas: José Franchy roca, 5-2. 35007 Las Palmas de Gran Canaria. Tel: +34 928 224 358. E-mail: [email protected]
Málaga: Calle Blasco de Garay, 7-5D. 29001 Málaga. Tel: +34 952 212 435. E-mail: [email protected]
Palma de Mallorca: Calle de la Unió, 2 primer piso, puerta 8. 07001 Palma de Mallorca. Tel: +34 971 71 274. E-mail: [email protected]
Santa Cruz de Tenerife: Cerrado desde el 31.12.2012.
Santander: Paseo de Pereda, 35. 39005 Santander. Tel: +34 942 224 100. E-mail: [email protected]
Valencia: Conde Salvatierra de Alava, 11-2º P2. 46004 Valencia. Tel: +34 963 525 250
Vigo: Velázquez Moreno 3-7. 36201 Vigo. Tel: +34 986 436 661
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) FRANCIA: Los españoles solo necesitarán su DNI en vigor.
- Pasaporte: todos los viajeros están obligados a presentar pasaporte excepto los que posean un documento de identidad expedido por los siguientes países: San Marino, Suiza y los países del EEE excepto Dinamarca, Islandia, Irlanda, Noruego y Gran Bretaña.
- Visado: el visado es obligatorio menos para los ciudadanos de los siguientes países: Francia y Mónaco, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, San Marino, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia y Suiza. Viajeros que so superen los 90 días de estancia: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, San Cristóbal y Nieves, Uruguay, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Israel y Estados Unidos. Y viajeros con pasaportes expedidos por Hong Kong o Macao. Pasajeros con pasaportes de ciudadano británico.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado a los viajeros que continúen su viaje a un tercer país en el mismo vuelo y no abandonen el área de tránsito.
Dirección Embajada:
Calle Salustiano Olózaga, 9. 28001 Madrid
Tel: +34 914 238 900
Dirección Consulados Honorarios:
Barcelona: Ronda Universitat, 22 bis, 4º piso. 08007 Barcelona. Tel: +34 932 703 000. E-mail: [email protected]
Bilbao: Iparraguirre 26-5º Dch. 48011 Bilbao. Tel: 944 25 51 80. E-mail: [email protected]
Sevilla: Plaza de Santa Cruz, 1. 41004 Sevilla. Tel: 954 293 200. E-mail: [email protected]
Madrid: Calle Marqués de la Ensenada, 10. 28004 Madrid. Tel: +34 917 007 800
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) GEORGIA: Los ciudadanos españoles tendrán que presentar el pasaporte en vigor, el visado solo será necesario si superamos los 90 días de permanencia en el país.
- Pasaporte: el pasaporte el obligatorio para todo el mundo.
- Visado: el visado también es obligatorio excepto para los ciudadanos de los siguientes países: Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Kazajistán, Kirguistán, República de Moldavia, Tayikistán, Ucrania y Uzbekistán. También es aplicable a los viajeros que no se queden más de 90 días y procedan de los países miembros de la Unión Europea, excepto Bulgaria, Rumanía, Canadá, Israel, Japón, Liechtenstein, Noruega, Suiza, Turquía y Estados Unidos. Viajeros con pasaporte británico que no superen los tres meses.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado a los viajeros que no abandonen el avión y continuen su viaje a un tercer país. No hay sala de tránsito disponible en el aeropuerto.
Dirección Embajada:
Plaza de las Cortes, 4 5º dcha. 28014 Madrid
Tel: 914 290 155/ 914 293 329
E-mail: [email protected]
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) GRECIA: los españoles solo necesitarán su DNI en vigor.
- Pasaporte: todos los viajeros están obligados a presentarlo excepto sin son de los siguientes países: Unión Europea, Mónaco y Suiza.
- Visado: todos tienen que estar en posesión de un visado, excepto: ciudadanos de Austria, Bélgica,  Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia y Suiza. Viajeros con pasaporte británico. Ciudadanos de Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Brasil, Brunei, Bulgaria, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Islandia, Israel, Italia, Japón, República de Corea, Liechtenstein, Malasia, Islas Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Panamá, Paraguay, Rumanía, San Marino, Singapur, Seychelles, Singapur, San Cristóbal y Nieves, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela que no se queden más de tres meses por turismo. Viajeros que lleven pasaportes expedidos por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado a aquellos que continúen su viaje a un tercer país sin abandonar el aeropuerto y cuenten con los billetes y documentos necesarios para el viaje. Esto no se aplica a: ciudadanos de Afganistán, Angola, Bangladesh, Congo, Eritrea, Etiopía, Ghana, India, Irán, Iraq, Nigeria, Pakistán, Somalia, Sri Lanka, Siria, Turquía y Sudán que deberán obtener un visado de tránsito.
Dirección Embajada:
Avenida Dr. Arce 24. 28002 Madrid
Tel: +34 915 644 653
E-mail: [email protected]
Dirección Consulados Honorarios:
Palma de Mallorca: calle Bonaire, 4-4º. Tel: +34 971 616 111
Bilbao: calle Alameda Recalde, 27. Tel: +34 944 239 739/ +34 944 249 063
Barcelona: calle Freixa, 6. Tel: +34 932 002 036
A Coruña: calle Caballeros, 3+5º izq. Tel: +34 981 134 970
Palmas de Gran Canaria: Plaza de Santa Isabel, 1-4ºB. Tel: +34 928 300 543/ +34 928 300 545
Dirección Viceconsulado Honorario:
Huelva: Vía Paisajista de Bella Vista, 3-3ºA. Tel: +34 959 369 258
Sevilla: Calle Luis Montoto, 130. Tel: +34 954 574 404/ +34 954 419 000
DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAMOS PARA VIAJAR POR EUROPA (D-H) HUNGRÍA: a los españoles solo nos hará falta el DNI en vigor, también se puede optar por el pasaporte. No nos hará falta un visado si nuestra estancia es menor de tres meses.
- Pasaporte: el pasaporte es obligatorio excepto: ciudadanos de algunos de los países miembros de la Unión Europea con la excepción de Dinamarca, Irlanda, Rumanía y Gran Bretaña. Viajeros con una tarjeta nacional de identidad a ciudadanos de Andorra, Croacia, Liechtenstein y Suiza. Pasajeros con documentos de viajes expedidos por Macao.
- Visado: es obligatorio excepto para ciudadanos de: Austria, Bélgica,  Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia y Suiza. Viajeros con pasaporte británico para ciudadanos británicos. Pasajeros que no excedan los 90 días siempre que sean ciudadanos de: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, República de Corea, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino, Seychelles, Singapur, San Kitts-Nevis, Uruguay, Estados Unidos, Ciudad del Vaticano y Venezuela. Pasajeros con pasaporte expedido por Hong Kong o Macao.
- Tránsito: se permite el tránsito sin visado si se continúa el viaje a un tercer país siempre que no salgan del área de tránsito y tengan toda la documentación necesaria para proseguir con el viaje.
Dirección Embajada:
Calle Fortuny 6-4º Izq. 28010 Madrid
Tel: +34 914 137 011
E-mail: [email protected]
Dirección Consulados Honorarios:
Palma de Mallorca: Avenida Picasso 10. Tel: +34 971 720 809
Santa Cruz de Tenerife: Residencial Los Halcones, 18 (Arona). Tel: +34 639 209 197
Gijón: Finca de los Cedros (FUEJO). Tel: +34 985 130 182
Valencia: Calle Álvaro de Bazán, 3 2º. Tel: +34 963 932 689
Consulado General:
Barcelona: Avenida Diagonal, 477 -19B. Tel: +34 934 051 950

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