Ha creado el gobierno un Fondo de 18 mil millones de euros, cifra que corresponde a los inmediatos vencimientos de las CC.AA., con la finalidad de que estas díscolas instituciones del estado no caigan en la insolvencia, arrastrando a todo el estado en su conjunto a una situación de default, o suspensión de pagos.
Esta discutible medida contiene además elementos de misterio que hacen más complicado para el ciudadano que quiere ejercer de tal, saber qué se hace con los dineros públicos.
Hasta ahora no se han hecho públicas las condiciones que pone el estado para que las CC.AA. derrochonas y malas gestoras accedan al fondo. Lo único que sabemos es que una de las comunidades semiquebradas impone ella unas condiciones al estado exigiendo una Hacienda propia a la vez que anuncia que accederá al fondo.Como nuestros políticos y nuestros partidos han dado sobrada muestras de desconocer la Constitución Española -vemos cada semana como contrarían el art. 67.2 que dice que Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo y ellos ponen hasta multas a los desobedientes que no votan lo ordenado por el partido, o el Art. 6 que dice acerca de los partidos que "Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos"- recordamos aquí a nuestros congresistas, representantes de sus partidos que no de los ciudadanos, un par de artículos que deben tener presente en estos momentos de crisis, tanto económica y financiera como valórica:Artículo 81.1. Son Leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.2. La aprobación, modificación o derogación de las Leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
¿Basta una mayoría absoluta para derogar una ley que aprueba un Estatuto de Autonomía?
¿Tiene el partido que gobierna, mayoría absoluta en el Congreso?Artículo 155.1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.Las comunidades que emiten deuda que no podrán pagar, que derrochan dinero en embajaditas, televisiones, duplicación de instituciones del estado, guerras de lenguas, etc. ¿Atentan gravemente al interés general de España?¿Tiene el partido que gobierna, mayoría absoluta en el Senado?
Visto lo visto, el gobierno no está tan atado de manos; tiene a su alcance herramientas para imponer orden y cordura en todos los peldaños del estado y en todas sus instituciones, y además tiene las mayorías necesarias para usarlas democráticamente y constitucionalmente.¿Qué le falta entonces al gobierno para comenzar a poner orden con energía y decisión?... Sabemos que tú sabes la respuesta......