A partir de junio, la certificación energética de un inmueble deberá estar a disposición de cualquier comprador o arrendatario y será exigible para los contratos de compraventa o alquiler.
Lo que a primera vista parece ser un avance en cuestión de normativa hacia el ahorro energético, recordemos que las viviendas representan una gran parte del consumo energético en España, no viene más que a seguir una tendencia que ya lleva años aplicándose en otros países europeos. No debemos olvidar que es Europa quien va guiando los pasos a seguir a nivel energético y España recién ahora está empezando a tomar más cuenta de ello, algo que deberá plasmarse significativamente en nuestros edificios y cuyo objetivo final es llevarnos hacia la construcción de edificios de consumo casi nulo en 2020.
En la práctica, esta medida que parece de lo más lógica si queremos empezar a acercarnos hacia la meta de 2020 y si queremos realmente tomar cartas en el asunto del ahorro energético, parece ser a primera vista muy positiva pero nos preguntamos quién se encargará realmente de hacer efectivo el cumplimiento de esta medida y cuántos usuarios están al tanto de ello.
Según el Decreto, el órgano competente de cada Comunidad Autónoma en materia de certificación energética de edificios habilitará un registro de certificaciones que teóricamente facilitará las labores de inspección y control técnico y administrativo, una tarea que esperemos se lleve a cabo, pero siendo realistas, veremos si después de tantos recortes las administraciones tendrán los medios para llevar a cabo semejante tarea.
Por otro lado, este mismo registro facilitará a los usuarios un listado de profesionales competentes en la materia, algo importante a la hora de encargar el trabajo, ya que la necesidad laboral de muchos profesionales ha llevado a que proliferen ofertas de empresas o personas que se dedican a realizar certificaciones, la nueva figura del “certificador”. Sin embargo, no todos poseen la especialización y el conocimiento necesarios para tal tarea y para poder valorar y asesorar al usuario sobre qué medidas tomar, por lo tanto creemos que este registro puede servir de ayuda a los usuarios a la hora de elegir un profesional competente.
A efectos prácticos, este procedimiento nos permitirá aplicar a cada edificio una etiqueta de eficiencia energética, una especie de clasificación para saber cómo se comporta nuestro edificio energéticamente y que tendrá una validez de 10 años.
Todo esto que para los usuarios puede parecer un mero trámite administrativo o tal vez sea visto como una mera medida recaudatoria más, pero en realidad debería ser analizado más a fondo y ser considerado tanto por ellos como por los técnicos como nosotros, como una herramienta que nos permitirá valorar objetivamente (junto con las ITE), el estado real de una edificación y así poder analizar a través de qué medios podríamos reducir su impacto energético en la ciudad o cómo podríamos mejorar ese etiquetado que nos aportará la certificación.
Por parte de los usuarios, son ellos quienes deberían exigir el etiquetado energético a la hora de firmar un contrato, y quienes deberían considerar su gran utilidad porque les permitirá valorar hasta qué punto un inmueble les va representar un ahorro en los gatos de consumo energético al final de cada mes en calefacción y aire acondicionado, siendo éstos los factores de mayor consumo en nuestros hogares.
No nos parece un dato menor, considerando que el precio actual de los servicios y los incrementos a los que estamos acostumbrados a sufrir, cuanto menos dependemos de ellos, mejor. Incluso una vivienda energéticamente autosuficiente sería un ideal pero a este tema ya le dedicaremos más adelante un post exclusivo.
Otro dato interesante, es que la certificación deberá reflejar en el caso de edificaciones existentes, una lista de recomendaciones o actuaciones sugeridas por el técnico que realice la certificación, para mejorar el estado energético del mismo. Esto nos recuerda al método a seguir en el caso de las ITE, y nos preguntamos si realmente servirá de algo o si realmente la propiedad que decida encargar la certificación lo hará para cumplimentar la normativa de manera puramente burocrática y así evitar sanciones o se tendrá realmente en cuenta sus resultados y las posibles recomendaciones.
Si estuviéramos en una situación económica general mejor que la actual, sin duda que este punto sería de gran importancia y ayudaría a mejorar la situación actual del sector de la construcción, pero tenemos serias dudas de que realmente se traduzca en una reactivación para algunos profesionales. Recordemos que la misma ilusión tuvimos cuando salieron las ITE y se anunció a bombo y platillo que ésta era la medida que iba a ayudar a los arquitectos a salir del pozo donde aún hoy nos encontramos y ya nos dirán si la situación ha mejorado desde entonces.
Si esto fuera así, estaríamos a las puertas de lo que esperamos llegue a ser una realidad algún día y es la reactivación de las rehabilitaciones pero esta vez con un objetivo más responsable, el energético. Sería un ideal poder recuperar el valor patrimonial de algunos edificios excepcionales que hay en nuestras ciudades pero además con el plus del ahorro energético, edificios que además de bellos, sean confortables y de bajo consumo en la medida de lo posible.
Un aspecto que podría resultar negativo, es el impacto que pueden sufrir los precios de los alquileres si un propietario decide utilizar la etiqueta energética como un plus de calidad, algo que no debería ser así ya que la obligatoriedad de la medida, hace que todos los inmuebles deban contar con la misma.
Porque reconozcamos que toda la normativa a la que nos vimos bombardeados los últimos años referidos a la eficiencia energética fue pensada sólo para edificios de nueva construcción. Claro, estábamos en la cresta de la edad del tocho, pero no se supo ver que era más eficiente regenerar y recuperar los edificios que ya estaban en pie. Es recién en este último tiempo donde ya no hay recursos suficientes para seguir construyendo a lo loco, que empieza a tomarse en serio el tema de la rehabilitación energética y de dotar de mejores condiciones de vida a las personas que ya tienen una vivienda o a las que no pueden darse el lujo de adquirir una, que al menos el parque edificatorio en alquiler sea de cierta calidad.
De esto queremos hablar más exhaustivamente en la tercera parte de este post, valorando algunos datos y repasando algunas posibles soluciones para mejorar el estado de nuestros edificios a través de un ejemplo concreto.
Para culminar la primera parte de esta entrega, queremos reflexionar y preguntarnos de qué manera se piensa hacer efectivo el control del cumplimiento de la norma, porque recordemos lo ocurrido con las ITE, a pesar de ser de obligado cumplimiento, aún sigue siendo mínima la cantidad de edificios o mejor dicho propietarios o comunidades de vecinos que la han llevado a cabo y ni qué decir de los propios controles sobre su cumplimiento que deberían realizarse.
Finalmente, esperemos que realmente podamos ver el potencial que puede representar la certificación energética como herramienta de trabajo más que como una normativa más a cumplimentar.
¿Creéis que esta medida será efectiva para reactivar el sector y en tal caso, a corto, medio o largo plazo? ¿Será positivamente acogida y realmente valorada por los propietarios?
Estaremos encantadas de que nos hagáis llegar vuestros comentarios y valoraciones sobre el tema.
Si te interesa esta temática y quieres recibir nuestras actualizaciones de los siguientes posts, únete a nuestros seguidores del blog y los recibirás directamente en tu correo electrónico.
Etiquetas: auditoria energetica, certificación energética, certificación energetica edificios, certificado de eficiencia energetica, certificado energetico, consultoria energetica, curso eficiencia energetica, eficiencia energética en edificios, programas certificación energetica, rehabilitació, rehabilitación de fachadas, rehabilitación edificios, rehabilitación energética, rehabilitación fachadas madrid