Inglaterra prohíbe la adquisición de los libros en sus cárceles, ¿cómo funciona el sistema español?

Publicado el 28 mayo 2014 por Anabel

Foto extraída de Photo pin

Los libros, siempre los libros... hace unas semanas nos enterábamos de que en las prisiones inglesas iba a prohibir que los presos pudieran adquirir libros o que se les envíen libros. En realidad se ha prohibido el envío de cualquier paquete que no sea de "extrema necesidad". Así, los parientes o amigos de los internos no pueden hacerles llegar no sólo libros, sino también ropa o cualquier otro bien que se entienda que no cumpla con ese requisito.Eso sí, se permite la adquisición de libros vía Amazon y páginas similares aprobadas por el sistema penitenciario. El problema que surge es que para adquirir esos libros deben sacar el dinero de su reducido salario semanal, que posiblemente necesiten para adquirir otros enseres (de limpieza e higiene) y por otro lado me pregunto si no se está privilegiando a este tipo de páginas de una manera arbitraria.
La justificación es como casi siempre "la seguridad" evitar el acceso de las drogas en la prisión, como si no pudieran utilizarse otros medios mucho más directos para meter droga en las prisiones (a los funcionarios de prisiones habría que preguntarles y lo mismo nos daban alguna que otra sorpresa)y también emplear los libros como parte de un sistema de castigos y recompensas. Según The Guardian, el Secretario de Justicia concibe los libros como un privilegio que deben ser conseguidos por cada preso, no como un derecho básico para cualquiera.
No se impide el acceso a las biblitecas de prisión, lo que se hace es prohibir el acceso a libros que vengan del exterior.La indignación de la comunidad literaria no se ha hecho esperar y han sido muchos los que están recogiendo firmas a través de la campaña Books for Prisioners para que se revoque esta orden, entre otras cosas porque el estado de las bibliotecas de prisiones es bastante lamentable. Mark Haddon autor de "elcurioso incidente del perro a medianoche" es una de las caras más conocidas que protesta contra dicha prohibición que ha tachado como "un castigo maligno y sin ninguna lógica que no solo es mezquino, sino desesperadamente contraproducente
La polémica me ha llevado a preguntarme como funciona el sistema español en este sentido, y por eso me he ido a leer el ReglamentoPenitenciario  La mejor forma de saberlo es acudir a las fuentes, ¿no?.

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Pues bien, en cuanto al envío de paquetes se establece que en todos los Establecimientos existirá una dependencia para la recogida, control y registro de los paquetes destinados a los internos o que éstos envíen al exterior. El Consejo de Dirección acordará los días y horas de recepción y recogida de paquetes, tanto de entrada como de salida. Todos los paquetes deberán ser entregados personalmente en la dependencia habilitada al efecto.La recepción de paquetes dirigidos a los internos se llevará a cabo previa comprobación por el funcionario del documento de identidad de quien lo deposita, a quien se pedirá relación detallada del contenido, registrando en el Libro correspondiente tanto el nombre del interno destinatario como el nombre, domicilio y número del documento de identidad de quien lo entrega. Una vez practicada la anotación, se procederá a un minucioso registro de todos los elementos integrantes de su contenido, se limita el número de paquetes a recibir que es de 2 al mes (1 en los de régimen cerrado) También se limita el peso de cada paquete a 5 kilos, no computando  dentro de dicho peso máximo los libros y publicaciones, ni tampoco la ropa. El Capítulo III del Reglamento se refiere a formación, cultura y deporte, trata entre otros temas la existencia de bibliotecas , estableciendo que en cada establecimiento existirá una  y también una sala de lectura, bajo la responsabilidad de los Maestros destinados en el Centro. Los internos pueden colaborar en la gestión de la biblioteca y proponer adquisiciones (aunque con los recortes que hay ahora no sé como andarán de adquisiciones), incluso se contempla la posibilidad de adquirir publicaciones en idiomas extranjero para los presos que no sean españoles. En cuanto a la disposición de libros y periódicos (art. 128) se establece que los internos tienen derecho a disponer de libros, periódicos y revistas de libre circulación en el exterior (previendo limitaciones en casos concretos de tratamiento individualizado). No se autoriza la tenencia en de publicaciones que carezcan de depósito legal o pie de imprenta, con excepción de las editadas en el propio Centro penitenciario, así como las que atenten contra la seguridad y buen orden del Establecimiento.

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Parece que en Inglaterra se hubiesen olvidado de repente del fin rehabilitador de la pena y de la función que la cultura puede tener a la hora de integrar a una persona en la sociedad. Privar a un preso de la lectura, me parece extremadamente cruel, algunos pensaréis que con lo que haya en las bibliotecas es más que suficiente, puede, pero no veo nada malo en que recibas un par de veces al mes libros para poder pasar las horas de la mejor manera posible. Creo que el Secretario de Justicia inglés ha olvidado que aunque los presos tienen que cumplir una condena porque han cometido un delito, hay ciertas líneas que no conviene pasar escudándose en la seguridad. Bueno, de eso nos hemos olvidado todoslos últimos años, en los que hemos decidido sacrificar nuestra libertad en post de la seguridad, pero eso sería tema para otra entrada.Y vosotros qué pensáis ¿debe prohibirse el acceso a los libros como en Inglaterra o estáis más conformes con el sistema que tenemos en España?, ¿qué se gana limitando el acceso a la lectura?, ¿se está privilegiando a ciertas empresas?