No os preocupéis: las bajadas de sueldo colectivas requieren la firma de los "representantes legales de los trabajadores". Yo sabiendo eso me siento mucho más tranquila: CCOO y UGT nunca firmarán eso... ¿O sí?
Violeta
Fuente: http://es.finance.yahoo.com/blogs/finyahoofinanzases/reforma-laboral-permitir-tu-empresa-bajarte-sueldo-133748009.html
La reforma laboral ya fue desgranada por Soraya Sáenz de Santamaría y Fátima Báñez en la rueda de prensa del pasado viernes posterior al Consejo de Ministros. No obstante, a la vicepresidenta del Gobierno y a la ministra de Trabajo se les pasó uno de los cambios más importantes: los empresarios podrán fácilmente bajar los sueldos de sus trabajadores.
Así se recoge en el artículo 12 del Decreto-ley de 64 páginas que recoge la reforma y que ha sido publicado en el BOE este fin de semana. El texto explica cómo, a partir de ahora, un empresario podrá reducir el salario de sus empleados "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción", siempre y cuando estén relacionadas con "la competitividad, productividad u organización técnica o el trabajo de la empresa".
Con este cambio, ahora darán igual las condiciones de los trabajadores en su contrato de trabajo, en acuerdos o en pactos colectivos. Si la empresa va mal económicamente o se considera que el empleado no rinde lo suficiente, es posible que su sueldo se vea afectado. Para ello, el empresario tendrá que notificárselo con 15 días de antelación. A partir de aquí, el trabajador tiene tres opciones: la primera, aceptarlo; la segunda, rescindir su contrato con una indemnización de 20 días por año de servicio; la tercera, impugnar la decisión y pasarle la patata caliente a un juez.
El texto del decreto también incorpora la posibilidad de que el empresario pueda bajar los salarios de sus empleados en masa, aunque aquí lo tendría un poco más complicado, porque habría que negociarlo previamente. Ocurriría, por ejemplo, en decisiones para diez trabajadores en empresas de menos de 100, para el 10% de empleados en compañías de entre cien y trescientos, y para treinta ocupados en aquellas con más de trescientos.
En todos estos casos, el empresario tendría que hablarlo con los representantes legales de los trabajadores (con los sindicatos como interlocutores) y llegar a un acuerdo en quince días, que entraría en vigor solo siete después. No obstante, aquí los trabajadores tampoco estarían del todo protegidos, ya que el dueño podría seguir hacia adelante con su decisión, a costa, eso sí, de generar un conflicto colectivo en la empresa que paralizaría la "tramitación de las acciones individuales hasta la resolución".
Por si fuera poco, y aunque lo más relevante es el salario, el empresario podrá alterar también la jornada de trabajo de los empleados, así como el horario y la distribución de la misma, los turnos e incluso algunas funciones, bajo la misma posibilidad de rescindir el contrato con una indemnización. Casi nada.
Ante esta tesitura, sorprende bastante que tanto Soraya Sáenz de Santamaría como Fátima Báñez no emplearan ni un segundo de su rueda de prensa para comentar esta alteración tan importante; no obstante, tampoco se extendieron mucho con el abaratamiento del despido, más allá de una simple mención o a las respuestas a las preguntas de los periodistas, una actitud que ha irritado bastante a la opinión pública.
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