Sigo aclarando dudas, diccionario de la R.A.E. en mano, a ver si vamos escribiendo todos (yo la primera) un poquito mejor…Reconozco que el laísmo (sobre todo), el leísmo y el loísmo me pueden (“la pegó”, “la dijo”), así como el desdoblamiento por sexos, que tan de moda (y tan fuera de lugar) está ahora. Los vemos:
Leísmo, laísmo, loísmo
Para usar adecuadamente los pronombres átonos de 3.ª persona lo(s), la(s), le(s) según la norma culta del español general, debe tenerse en cuenta, en primer lugar, la función sintáctica que desempeña el pronombre y, en segundo lugar, el género y el número gramatical de la palabra a la que se refiere.
En el Esbozo de una nueva gramática de la lengua española (RAE, 1973) se condena el leísmo referido a cosa, pero se permite el referido a persona masculina singular; el leísmo plural siempre ha sido censurado por la Academia, ya que su baja incidencia desde los textos castellanos más antiguos atestigua que tampoco lo ha sancionado nunca mayoritariamente el uso de los hablantes cultos.
A continuación se expone de forma sucinta la norma que rige el empleo de estos pronombres:
- Cuando el pronombre desempeña la función de complemento directo, deben usarse las formas lo, los para el masculino (singular y plural, respectivamente) y la, las para el femenino (singular y plural, respectivamente):
¿Has visto a Juan? Sí, lo vi ayer.
¿Has visto a Juan y a los niños? Sí, los he visto en el parque.
Compré la medicina y se la di sin que nadie me viera.
¿Has recogido a las niñas? Sí, las recogí antes de ir al taller.[Dada la gran extensión en el uso de los hablantes cultos de ciertas zonas de España de la forma le cuando el referente es un hombre, se admite, únicamente para el masculino singular, el uso de le en función de complemento directo de persona: ¿Has visto a Jorge? Sí, le vi ayer en el parque].
- Cuando el pronombre desempeña la función de complemento indirecto, deben usarse las formas le, les (singular y plural, respectivamente), cualquiera que sea el género de la palabra a la que se refiera:
Le pedí disculpas a mi madre.
Le dije a su hermana que viniera.
Los ciudadanos y las ciudadanas, los niños y las niñas
Este tipo de desdoblamientos son artificiosos e innecesarios desde el punto de vista lingüístico. En los sustantivos que designan seres animados existe la posibilidad del uso genérico del masculino para designar la clase, es decir, a todos los individuos de la especie, sin distinción de sexos: Todos los ciudadanos mayores de edad tienen derecho a voto.
La mención explícita del femenino se justifica solo cuando la oposición de sexos es relevante en el contexto: El desarrollo evolutivo es similar en los niños y las niñas de esa edad. La actual tendencia al desdoblamiento indiscriminado del sustantivo en su forma masculina y femenina va contra el principio de economía del lenguaje y se funda en razones extralingüísticas. Por tanto, deben evitarse estas repeticiones, que generan dificultades sintácticas y de concordancia, y complican innecesariamente la redacción y lectura de los textos.
El uso genérico del masculino se basa en su condición de término no marcado en la oposición masculino/femenino. Por ello, es incorrecto emplear el femenino para aludir conjuntamente a ambos sexos, con independencia del número de individuos de cada sexo que formen parte del conjunto. Así, los alumnos es la única forma correcta de referirse a un grupo mixto, aunque el número de alumnas sea superior al de alumnos varones.