Los vicios esenciales en cuanto al procedimiento fue la "falta de consulta obligatoria del proyecto de ley a las Municipalidades" y "la infracción al principio de publicidad por la falta de una nueva publicación del proyecto de ley" ante la introducción de mociones que modificaban su articulado.
Por el fondo, y por unanimidad, los magistrados rechazaron el proyecto de ley debido a que el texto del artículo 2 del proyecto de ley, que modifica los artículos 8 y 9 de la Ley de Concesión y Operación de Marinas Turísticas (la ley vigente).
Los textos propuestos para el artículo 8, inciso d, y el artículo 9, párrafo 5, son inconstitucionales pues posponen "la presentación de la Evaluación de Impacto Ambiental para después de otorgada la concesión para la construcción, administración y explotación de marinas y atracaderos turísticos, desconociéndose el deber del Estado de de proteger, previamente, el medio ambiente y por limitar el derecho a la participación ciudadana en la decisión de asuntos relacionados con este.
Además, el texto propuesto para el artículo 9, párrafo 6, es inconstitucional por "violentar el principio de responsabilidad de las Administraciones Públicas implícito en la Norma Fundamental.
Asimismo, los magistrados encontraron que el Transitorio II violenta el Artículo 50 de la Constitución Política de Costa Rica. Este transitorio indica que "Cuando las actividades se encuentran en operación no se requerirá realizar un Estudio de Impacto Ambiental". leer mas
Jan Kalina mediante una carta que envió a la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos (Cimat), el 31 de julio pasado, pidió archivar el expediente de consulta previa para la construcción de la Marina Ecológica en Puerto Viejo, Limon.