A continuación se desarrollan diversos aspectos de la vida religiosa durante el período de la Edad Media.
El movimiento jansenista y su relación con las iglesias reformadas
El lento transcurrir de la edad Media a la edad Moderna, estuvo caracterizado desde el punto de vista religioso y eclesiástico, por una profunda crisis que fue a la vez de decadencia y crecimiento.
Decadencia en las costumbres, ya que se produjeron abusos en la administración eclesiástica, que fueron la causa pero también el efecto de una merma de la vitalidad interior y comunitaria. Sin embargo, estas críticas no condujeron a la indiferencia sino a la exigencia de dar vida a nuevas formas de existencia religiosa.
La gran ignorancia del clero bajo y de los fieles, privados éstos últimos de una predicación eficaz, terminaban por acoger a menudo devociones supersticiosas. Durante la Edad Media, el miedo al castigo que merecían los pecados y el temor a perder la salvación eterna, provocaba inquietud en el hombre. La Iglesia concedía indulgencias, o sea el perdón de los pecados, a todos los que realizan obras de caridad, peregrinajes, oraciones o emprendían una cruzada. Por sí sola esta indulgencia no tenía ningún valor; debía ir acompañada por la plegaria y la frecuencia de los sacramentos: confesión y comunión.
A finales del medievo, la angustia espiritual crece en el hombre. La Iglesia comienza a aceptar limosnas a cambio de indulgencias, pero en ningún momento ésta señaló fuese como condición única y necesaria, para conseguirlas. Sin embargo, en su desesperación el hombre interpreta que puede “comprar” su salvación futura.
Todo ello lleva aún mayor desprestigio el ámbito sacerdotal. La negación de los Sacramentos y de la jerarquía eclesiástica por parte de WICLIFFE Y HUSS. Pasión por la palabra escrita. Son algunos de los aspectos que se pretenden mejorar con la Reforma.
Mientras que el jansenismo por su parte, es un viejo problema teológico de la historia del cristianismo no solucionado. Así quedó claro al acabar el Concilio de Trento sobre el decreto de la justificación.
“Conciliación de la Gracia divina con la libertad humana a efectos de la Salvación”. Según el Concilio de Trento no basta la Gracia Divina para obtener la salvación sino, que son necesarias las buenas obras. Para Jansen el hombre en estado de inocencia es plenamente libre y su voluntad tiende al bien. Cuando el hombre por su naturaleza cae, deja de ser libre y es esclavo de la detección terrestre. La salvación no llega a todos los hombres ya que sólo algunos reciben la gracia eficaz capaz de salvarles. Por el contrario hay otros que no la reciben y son condenados por el efecto del pecado original.
La tendencia jansenista reaparece de vez en cuando en la Iglesia, quedando dibujada por:
* Exaltación de la gracia contra la libertad y la responsabilidad de la persona
* Estimulación del sentido del misterio.
* En la eucaristía, predominio de la adoración sobre la dimensión del alimento espiritual.
* Idealización de la Iglesia primitiva, negando la importancia del devenir histórico.
Diferentes actitudes de la Iglesia frente a la Ilustración y los movimientos revolucionarios.
Los mismos hechos no provocan las mismas consecuencias en todos los lugares.
Francia- El papa León X otorga al rey la elección de los obispos, que éste efectúa entre los miembros de la nobleza. Éstos quedan al servicio del rey con misiones diplomáticas o cargos en el interior del aparato administrativo y político.
En la Asamblea de los estados generales, el clero renuncia a sus privilegios entre ellos los diezmos. Con la nacionalización de la Iglesia, ésta se queda sin rentas para mantener el clero. Un comité eclesiástico prohibe los votos solemnes y suprime órdenes religiosas.
Galicanismo: Reducción de los miembros del estamento eclesiástico a funcionarios “religiosos”. Al asumir los principios de la autoridad civil: adecuación del número y límite de los obispados, supresión de cualquier vinculación a cualquier autoridad de fuera del país (Roma y el Papa), escala salarial a cuenta del erario público según el cargo y lugar de destino.
La constitución debía ser aceptada mediante juramento. División de la Iglesia francesa en juramentados y no juramentados. Los primeros tenían obligación de contraer matrimonio. Se radicalizan las medidas antirreligiosas, supresión calendario gregoriano, creación del culto a la diosa razón etc. Lo que provoca la emigración de muchos eclesiásticos.
España -La guerra de la Independencia es considerada en nuestro país como una guerra de religión. Los eclesiásticos, Obispos y sacerdotes toman parte inclusive en las partidas guerrilleras liderando las mismas. Esto provoca que los conventos sean registrados en busca de armas: Así los religiosos quedan en arresto domiciliario, teniendo que explicar a las autoridades en el caso de atender a algún enfermo nombre y dirección.
El clero se niega a hacer uso del papel sellado francés para los actos administrativos, renunciando a las libretas de comunión.
A lo que no pudieron oponerse fue a la requisa de la plata y al pago de los impuestos por la venganza que hubiesen tomado las autoridades contra el pueblo.
Regalismo en las relaciones de Iglesia –estado.
Durante las cortes de Cádiz la política religiosa fue de marcado signo regalista.
Supresión de la Inquisición, retorno a la antigua disciplina intentando poner en marcha un concilio nacional según el esquema de los concilios visigóticos, supresión de los señoríos, reforma de los religiosos tendiendo a su reducción, abolición del voto de Santiago sustituyéndolo por el de Santa Teresa de Ávila.
El estatuto de Bayona establecía que la religión Católica era la religión del rey y de la nación sin permitir que hubiese otra.
La nueva sociedad – El origen de esta nueva sociedad tiene su origen en el principio fundamental de que la autoridad procede del pacto o contrato social y por lo tanto es el principio regulador de las relaciones entre el estado y la Iglesia.
Con él se establece una separación entre el orden político – civil - temporal y el orden espiritual – religioso - sobrenatural.
Queda totalmente superado el principio de religión oficial y se afirma la libertad de conciencia y de culto. Esto lleva a que el clero deje de ser un estamento privilegiado. Pierde privilegios de exención de impuestos, de asilo en los lugares y de fuero judicial.
Las leyes civiles no tienen ningún punto de referencia en las canónicas. Son claros ejemplos, la legislación sobre el matrimonio y sobre la imprenta, así como la puesta en marcha del registro civil, que deja en segundo término a los libros sacramentales, que sólo tendrán valor eclesiástico.
Como dicen algunos autores, a la Iglesia se le confía el individuo y la conciencia y el estado asume lo colectivo: la comunidad. En consecuencia su situación es de ejercer como brazo secular y reivindica la enseñanza, la asistencia benéfica y los cementerios.
En este período se dan tres situaciones.
En EE.UU de Norteamérica: pura separación: En el art. 16 de la “Declaración de derechos” Virginia 1776. Después de definir, que la religión es el deber que tenemos con el creador y la manera de hacerlo, establece que todos los hombres tienen el mismo derecho al ejercicio libre de la religión de acuerdo con los dictados de su conciencia.
En Bélgica: Separación parcial: Dada su composición de dos tercios de católicos, lleva a que la constitución reconozca la libertad religiosa, se acepte la libertad de enseñanza, la libre asociación religiosa la retribución del clero a cargo del estado y la total libertad de elección de los obispos.
En 1846 se rompe la alianza católico-liberal, encaminándose progresivamente hacia el anticlericalismo.
Situación concordataria: Francia y España. La restauración de los borbones devuelve la Iglesia a la situación del concordato de 1516, dejando sin efecto el firmado por Napoleón.
El nuevo proyecto de concordato no es aprobado por las cámaras, por lo que se vuelve al concordato de 1801 con ciertas modificaciones.
Pese al fracaso, siempre que se podía se retornaba al galicanismo, lo que daba a la Iglesia el privilegio en temas como la enseñanza, la obligatoriedad de las fiestas eclesiales y otros como la ley del sacrilegio; a cambio la Iglesia daba su apoyo al poder civil, poniendo en marcha planes para conseguir la pacificación y combatir las ideas que habían conducido a la revolución.
El resultado de este pacto fue el anticlericalismo, que se haría evidente en la revuelta de 1830. Las ordenaciones crecieron procedentes del mundo rural y con un nivel medio de estudios. El crecimiento de la Iglesia fue notable, pese al ambiente de descristianización, que se manifiesta tanto en las ordenaciones presbiterales como en vocaciones religiosas y el número de escuelas fundadas en este período.
España: Al regreso en 1814 de Fernando VII da comienzo la restauración que lógicamente afecta también al campo religioso. Ésta conlleva la devolución de conventos y propiedades a los religiosos desamortizados, se restablecía la Inquisición, se readmitían los jesuitas y el trono y el altar volvían a hacer patente su apoyo mutuo.
Lo ocurrido, manifestaba problemas en la Iglesia española, que contaba con una distribución irregular del clero, deficiencia en los seminarios y planes de preparación de los futuros presbíteros. El golpe de estado del general Riego provocó que el rey aceptara la Constitución de Cádiz. La invasión francesa, provoca la secularización, venta de bienes eclesiásticos, supresión de la Inquisición, (se sustituyó por la Junta de Fe) expulsión de los jesuitas de los señoríos eclesiásticos y un conjunto de medidas de corte regalista.
El resultado de la exclaustración fue fatal desde el punto de vista pastoral, ya que el estado asumía en los decretos de exclaustración y desamortización, la obligación de Éste se vuelve a apropiar de los bienes de la Iglesia, principalmente de las órdenes religiosas. En primer lugar se suprimen los jesuitas y las casas monásticas a excepción de Montserrat y Poblet si bien no podían admitir nuevos candidatos.
También se dio paso a la vida pastoral a gente poco preparada, que procedía del mundo rural. Un efecto colateral fue en cambio, el crecimiento de institutos religiosos femeninos. Grupos de chicas que animadas por un exclaustrado las unía para una tarea en común, la más frecuente la enseñanza de las niñas y la asistencia benéfica en los hospitales y asilos.
A la llegada al poder del general Narváez, se empezó a hablar de negociar con Roma un concordato: el del año 1753 adaptado a la nueva situación del país. En el nuevo concordato se manifestaba la catolicidad del estado español, con “exclusión de cualquier otro culto” y se ratificaba que la enseñanza en todos sus niveles quedaba bajo la vigilancia de la jerarquía católica.
Se establecía la dotación económica del clero y de los seminarios, así como el mantenimiento de los lugares del culto y se reconocía la capacidad legal para la adquisición de bienes inmuebles.